Hoy en día la contaminación acústica es cosa seria. Ciudades como Madrid han alcanzado niveles que están por encima de lo recomendado por la OMS. Sin embargo, cuando hablamos de contaminación acústica, solemos referirnos al ruido del tráfico principalmente y dejamos de lado otros sonidos que causan molestias a cualquier vecino, como pueden ser los simples ruidos de una mascota. Todo esto nos lleva a un caso reciente en el que la Justicia le ha dado la razón a un hombre que soportó los ladridos del perro de su vecino durante años. Y ahora va a recibir una indemnización.
Porque si bien los ladridos ocasionales no son denunciables, los que son continuados e impidan el descanso, y por tanto perjudiquen la salud de los vecinos, son susceptibles de llevarse ante los tribunales en cumplimiento del Código Civil y las Ordenanzas municipales. Veamos qué dice la ley y cómo actuar en estos casos.
La sentencia. Ha sido el Tribunal Superior de Justicia de Valencia (TSJV) quien ha confirmado la indemnización de 3.000€ a un hombre que “no podía dormir, trabajar, ni hacer vida con normalidad” por culpa del perro de sus vecinos, que supuestamente se pasaba ladrando todo el día. Un infierno que llevaba viviendo desde 2010. Pero ojo, la sentencia, a la que puedes acceder desde aquí, en realidad ha condenado al ayuntamiento de Antella, y no al propietario del perro, por no intervenir en el conflicto.
Sobre la cuantía de la indemnización, el afectado había pedido 60.000€, pero la Justicia ha decidido que serían, en cambio, 3.000€, ya que se ha rechazado que los ladridos del animal sean la única causa de su ansiedad. Es decir, los informes médicos recogían las testificaciones subjetivas del paciente, pero no ha conseguido ser probada la relación causal entre los trastornos físicos y psíquicos y el ruido.
Sin confiscar al animal. Es destacable comentar también que el TSJV ha descartado la idea de que se confiscara al animal, algo que sí ha sucedido en otros casos. Argumentan que “la vulneración de los derechos fundamentales del particular a su intimidad personal y familiar y a la inviolabilidad domiciliaria es una situación ya producida y agotada, y estos derechos no pueden ser restituidos a través de la confiscación, sino mediante el reconocimiento de una indemnización compensatoria”. Además, esta medida sólo podría llevarse a cabo por un procedimiento sancionador, tal como se establece en los artículos 26 y 27 de la Ley 4/1994 sobre Protección de los Animales de Compañía.
Qué dice la ley. Se trata de un tema peliagudo, jurídicamente hablando. Principalmente porque se enfrentan dos derechos: el del propietario a tener al animal y el del descanso del vecino. Y normalmente hay que decidir cuál prevalece. Lo que sí sabemos es que, aunque la Ley de Propiedad Horizontal no regula la tenencia de perros que ocasionen problemas de ruidos a los vecinos, sí contiene un artículo que establece: “Al propietario y al ocupante del piso o local no les está permitido desarrollar en él actividades prohibidas en los estatutos, que resulten dañosas para la finca o que contravengan las disposiciones generales sobre actividades molestas, insalubres, nocivas, peligrosas o ilícitas”.
Además, el Código Civil establece en su artículo 1.902 que: “El que por acción u omisión causa daño a otro, interviniendo culpa o negligencia, está obligado a reparar el daño causado”. Y el artículo 1.905 señala lo siguiente: “El poseedor de un animal, o el que se sirve de él, es responsable de los perjuicios que causare, aunque se le escape o extravíe. Sólo cesará esta responsabilidad en el caso de que el daño proviniera de fuerza mayor o de culpa de que lo hubiese sufrido”.
Los problemas. Aunque todo tenga sentido sobre el texto, las situaciones suelen darse en medio de una maraña de acontecimientos difíciles de probar ante la Justicia. Lo primero, el ruido, que habrá que probar realizando mediciones acústicas, contando con testigos e incluso haciendo comprobaciones en las que la policía evalúe el nivel de ruido y verifique si se están vulnerando las normas.
Pero no sólo eso. También hay que probar que de alguna manera que esos ruidos están perjudicando a la salud de alguien. Y para ello también hay que aportar numerosos documentos como pueden ser informes médicos, psicológicos y psiquiátricos y otros documentos periciales.
No es el único caso. Los ladridos de los perros han llegado en otras ocasiones a los tribunales. Un caso bastante sonado fue el de un vecino de Láchar, Granada, que recibió una indemnización de 11.860€ tras sufrir de depresión y tener que abandonar su vivienda por la “prolongada exposición a los ruidos de los perros” de los vecinos. El demandante llegó a recibir atención hospitalaria después de padecer varios episodios de crisis de ansiedad, por las que estuvo de baja laboral durante más de seis meses.
Fue la Audiencia de Granada quien dio la razón al hombre exponiendo el “derecho a ser dejado en paz” del Tribunal Europeo de Derechos Humanos. Ese mismo tribunal también solicitó a los demandados retirar los perros de la vivienda para “llevarlos a otro lugar apropiado donde no causen molestias”. En este caso el afectado tuvo que contratar peritos acústicos para comprobar los constantes ladridos de los perros, al igual que una notaria, que se personó en el domicilio varias veces.
Imagen: Unsplash ( Wade Austin Ellis )
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– La noticia Multa de 3.000 euros por los ladridos de tu perro: un vecino consigue que le indemnicen y sienta precedente fue publicada originalmente en Xataka por Albert Sanchis .