Ha pasado ya más de un año desde que se finalizó la reforma laboral y las consecuencias ya resuenan irremediablemente en el mercado de trabajo. Si bien el objetivo primero de modificar la normativa era, tal y como hemos analizado en Magnet, reducir la temporalidad e impulsar la contratación indefinida, otro efecto se ha vivido en el marco laboral: un brutal aumento de los despidos disciplinarios, que se han multiplicado por seis desde entonces.
Ante esta situación, el PSOE y Sumar llevan negociando en las últimas semanas varias medidas para dar una vuelta de tuerca a su propia reforma para abordar el tema de los despidos: desde un incremento de las indemnizaciones, más herramientas a los jueces para decretar la improcedencia, la “prohibición” de despedir y un nuevo término que cada vez adquiere más notoriedad en nuestro país: el despido “a la portuguesa”.
Los datos. España ha batido el récord de despidos este año, con 476.220 casos notificados a la Seguridad Social hasta junio, un 39,9% más que en el año pasado. De ellos, 309.205 despidos son disciplinarios, que se han convertido en la vía directa al despido. Para que os hagáis una idea: antes de la reforma estos eran tan infrecuentes que no superaban los 30.000 mensuales.
El problema. Hay que tener en cuenta que según el artículo 54 del Estatuto de los Trabajadores, esta modalidad de despido es una medida extrema que el empresario sólo puede aplicar cuando el trabajador incumple gravemente sus obligaciones: faltas repetidas e injustificadas de asistencia, ofensas verbales o físicas a sus compañeros, desobediencia, etc. El problema es que se está usando en casos en los que esto no ocurre. Y lo preocupante es que el 90,8% de los despidos disciplinarios se corresponden con empleados indefinidos, lo que nos da pistas de que esta práctica se ha convertido en la herramienta “legal” para echar a los trabajadores “indefinidos” y perpetuar la temporalidad.
¿Por qué? Hay varias razones que explican este fenómeno. Una de ellas es que la reforma laboral endureció las condiciones para realizar despidos objetivos por causas económicas, técnicas, organizativas o de producción. Y estos requieren una indemnización de 20 días por año trabajado. Por tanto, algunos empresarios pueden optar por el despido disciplinario como una forma más barata y rápida de deshacerse de los trabajadores que no les interesan, ya que no requiere preaviso ni indemnización salvo que lo diga el convenio.
La polémica. Sucede porque el despido en todas sus formas quedó fuera de la última reforma laboral para discutirse posteriormente. Algo que ha provocado que desde CCOO y UGT hayan presentado sendas denuncias ante el Comité Europeo de Derechos Sociales, cuya resolución se espera para finales de año. El sindicato reclama que el despido en España sea disuasorio y resarcitorio, y pide que la compensación atienda a la gravedad y a los daños causados a la persona trabajadora.
Hay que recordar que este organismo ya ha condenado que el sistema francés o finlandés no indemnizaban de forma adecuada, en condiciones muy similares a las de España. Es por eso que el Ministerio de Trabajo ha manifestado en varias ocasiones que cumplirá con lo que dicte el Comité, pero un nuevo acuerdo de gobierno podría ir incluso más allá.
¿Ir más allá cómo? El Gobierno ha explorado varias vías para limitar los despidos más allá de los ERTEs. Las más sonadas fueron las ‘prohibiciones de despedir’ durante la pandemia por causas sanitarias y luego por la guerra de Ucrania. Ahora, se ha acordado dificultar a las empresas echar a los trabajadores con una mayor judicialización de las extinciones de los contratos. Es decir, reforzar el poder de los jueces de vetar los despidos por improcedencia.
Una mayor revisión de las causas, sobre todo en los disciplinarios, facilitará que los despidos, si no son declarados nulos, sí puedan ser declarados improcedentes con mayor facilidad, lo que se traduzca en una indemnización más alta. Por otro lado, el Gobierno también estudia incluir una “indemnización adicional” del despido que compense efectivamente el daño causado.
Despido a la portuguesa. Otros expertos economistas apuntan a que el debate de un posible acuerdo puede estar no tanto en tocar las indemnizaciones máximas, como en fijar un mínimo que reduzca la tendencia creciente de los despidos. Una solución podría ser un modelo similar al portugués, en el que ningún trabajador podría recibir una compensación inferior, al menos, a tres meses por año trabajado.
En España no sucede así: aquí un trabajador puede ser despedido apenas un mes después de empezar y, aunque la indemnización siga calculándose en función de la regla de los 20 (despido objetivo) o 33 días (improcedente) por años trabajado, supone un coste reducido para la empresa, incluso cuando es improcedente. Según contábamos en Xataka, la propia Unión Europea cree que despedir en España sale demasiado barato.
Otros van un poco más allá. UGT ha pedido hoy recuperar los 45 días por año trabajado para los despidos improcedentes y una indemnización mínima de seis meses de trabajo (“a la italiana”), como se establecía en la legislación de 1976 en España durante el franquismo. En la actualidad eso implicaría un mínimo de 7.560 euros para los que estén a tiempo completo.
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La noticia Ante un incremento récord de despidos, una idea gana terreno en España: la indemnización “a la portuguesa” fue publicada originalmente en Xataka por Albert Sanchis .