La DGT puede dar de baja a tu coche sin que lo sepas (pero tiene que cumplir estos requisitos)

La DGT puede dar de baja a tu coche sin que lo sepas (pero tiene que cumplir estos requisitos)

Hace tiempo que en los medios de comunicación se ha extendido el término “coche zombie”. Es una definición que hace referencia a aquellos vehículos que se encuentran de baja temporal casi de manera indefinida. Aquellos que no pagan seguro y, al menos, no deberían circular. Un problema que va más allá de poner el coche en marca sin las obligaciones mínimas requeridas.


Según recogía la Asociación Española de Desguazadores y Reciclaje del Automóvil en 2022, hay unos 400.000 vehículos en España con bajas temporales que superan los cinco años. Esto quiere decir que hay casi medio millón de coches que la DGT no tiene localizados y que no deberían circular. Un problema que, en caso de abandono, también provoca un importante daño medioambiental.

Por ello, desde hace algo más de un año, la DGT ha puesto en marcha algunos cambios para dificultar que este tipo de actuaciones se repitan y, así, poder dar de baja definitiva de manera ordinaria a aquellos vehículos por los que nadie responde.

Las bajas temporales interminables

Hasta uno de los últimos cambios en el Reglamento General de Vehículos, las bajas temporales eran de todo menos temporales. La DGT sólo exigía que el coche estuviera estacionado en una propiedad privada (no puede tener ni ITV ni seguro en activo) pero no existía un tiempo máximo para dar por finalizada esta baja temporal.

Así, algunos propietarios utilizaban esta baja temporal para vender el vehículo por piezas en el mercado negro en lugar de tramitar una baja definitiva que los obligaba a enviar el coche al desguace. De esta manera, el coche podía quedar en un limbo durante un tiempo indefinido, pues de estar en la calle tendrían que ponerse en marcha lo mecanismos para su traslado como coche abandonado. Unos trámites que tampoco son rápidos y que pocas veces están bajo las competencias de la DGT.

Para que esto no sucediera, la DGT cambió los tramites y los plazos. Ahora, las bajas temporales tienen una duración de un año que, a petición del propietario del coche, puede prorrogarse hasta el próximo año. De hecho, no hay un máximo de prórrogas que agotar.

Sin embargo, si este trámite no se realiza, el vehículo se dará de alta nuevamente en el sistema y estará obligado a tener seguro y la ITV pasada. De estar en la calle con una baja temporal, el coche puede ser multado pero, ahora, si el coche pasa de nuevo a un alta y no cumple con los requisitos de ITV y seguro se podrá multar de nuevo al propietario.

El objetivo es obligar a que el propietario esté pendiente de la situación del vehículo y no pueda desentenderse del mismo con el paso del tiempo. Además, debería dificultar la venta de piezas del coche en el mercado negro, pues se facilita actuar de oficio para llevar el coche al desguace, como se recoge en el artículo 35 del reformado Reglamento General de Vehículos:

En el caso de que cualquier Jefatura de Tráfico acuerde de oficio mediante la oportuna resolución su retirada definitiva de la circulación, previo informe del órgano competente en materia de Industria acreditativo de que el estado del vehículo constituye, por desgaste o deterioro de sus elementos mecánicos, un evidente peligro para sus ocupantes o para la seguridad de la circulación en general.

Te doy de baja el coche

Esta no es la única medida que ha tomado la DGT para acabar con estos “coches zombies”. Con los cambios también se ha puesto en marcha otra medida: dar de baja definitiva de oficio.

Aunque en un principio la DGT avisó con una carta a los propietarios de lo vehículos que sospechaba que podían tener algún vehículo con las características anteriores. En los cambios que introdujo el Real Decreto que provocó el cambio en el Reglamento se tuvo en cuenta el siguiente caso.

En el caso de que cualquier Jefatura de Tráfico acuerde la baja definitiva de oficio, mediante la oportuna resolución, por existir la presunción de que el vehículo no existe o no circula al no haberse cumplido las exigencias en materia de inspección ITV obligatoria y de seguro de responsabilidad civil de suscripción obligatoria en los últimos diez años.

Es decir, aquellos vehículos dados de baja temporal que han permanecido en este estado durante 10 años (y por tanto no han cumplido con las obligaciones de ITV y seguro) de forma ininterrumpida pasan de oficio a ser dados de baja definitiva. Esto obliga a que los propietarios de vehículos que están en proceso de rehabilitación de un automóvil tengan que gestionar anualmente su baja temporal, con el objetivo de garantizar que no estamos ante un “coche zombie”.

Foto | Darío Álvarez


La noticia La DGT puede dar de baja a tu coche sin que lo sepas (pero tiene que cumplir estos requisitos) fue publicada originalmente en Xataka por Alberto de la Torre .

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