Nos encantaría saber qué coches no podrán entrar por defecto en las ZBE de 2023, pero es imposible

Nos encantaría saber qué coches no podrán entrar por defecto en las ZBE de 2023, pero es imposible

A falta de poco más de dos meses para que comience 2023, las ZBE obligatorias. en España son un completo misterio en la mayor parte de los municipios españoles. A pesar de que es obligatoria su implantación antes de que termine este año, sabemos poco o nada de estas zonas restringidas.


Antes de nada, hay que saber qué es una ZBE, por qué son obligatorias en nuestro país. Definiciones que encontramos en el artículo 14 de la Ley de Transición Energética y Cambio Climático. En él se acotan algunos de estos elementos pero, como vamos a ver, la redacción es tan vaga y escueta que poca información práctica nos aporta.

Qué es una ZBE y por qué será obligatoria

Una ZBE es una Zona de Bajas Emisiones. El artículo 14 de la Ley de Transición Energética y Cambio Climático las define de la siguiente manera:

Se entiende por zona de baja emisión el ámbito delimitado por una Administración pública, en ejercicio de sus competencias, dentro de su territorio, de carácter continuo, y en el que se aplican restricciones de acceso, circulación y estacionamiento de vehículos para mejorar la calidad del aire y mitigar las emisiones de gases de efecto invernadero, conforme a la clasificación de los vehículos por su nivel de emisiones de acuerdo con lo establecido en el Reglamento General de Vehículos vigente.

Es decir, son espacios donde los ayuntamientos decidirán quién podrá circular por ellos, quiénes tendrán permitido el acceso o quiénes podrán estacionar en su interior. Y, para establecer estos criterios, será la tan criticada clasificación medioambiental de la DGT la que dicte sentencia.

Contar con una ZBE es obligatorio para todos los municipios de más de 50.000 habitantes o “municipios de más de 20.000 habitantes cuando se superen los valores límite de los contaminantes regulados en Real Decreto 102/2011, de 28 de enero, relativo a la mejora de la calidad del aire”. Y esta obligación, además de otras señaladas en la normativa, comienza en 2023, como se recoge en el artículo 14.3 a) de la mencionada Ley:

Los municipios de más de 50.000 habitantes y los territorios insulares adoptarán antes de 2023 planes de movilidad urbana sostenible que introduzcan medidas de mitigación que permitan reducir las emisiones derivadas de la movilidad incluyendo, al menos:

a) El establecimiento de zonas de bajas emisiones antes de 2023.

Para poner en marcha esta medida, el Gobierno alude a las obligaciones europeas para reducir significativamente los modelos de combustión (y sus emisiones) en las calles en las próximas décadas. De hecho, en ese mismo artículo 14, se lee lo siguiente en los dos primeros apartados:

  1. La Administración General del Estado, las Comunidades Autónomas y las Entidades Locales, en el marco de sus respectivas competencias, adoptarán medidas para alcanzar en el año 2050 un parque de turismos y vehículos comerciales ligeros sin emisiones directas de CO2, de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria. A estos efectos el Plan Nacional Integrado de Energía y Clima fijará para el año 2030 objetivos de penetración de vehículos matriculados con nulas o bajas emisiones directas de CO2, según sus diferentes categorías.

  2. En desarrollo de la estrategia de descarbonización a 2050 se adoptarán las medidas necesarias, de acuerdo con la normativa de la Unión Europea, para que los turismos y vehículos comerciales ligeros nuevos, excluidos los matriculados como vehículos históricos, no destinados a usos comerciales, reduzcan paulatinamente sus emisiones, de modo que no más tarde del año 2040 sean vehículos con emisiones de 0 g CO2/km de conformidad con lo establecido por la normativa comunitaria. A tal efecto, previa consulta con el sector, se pondrán en marcha medidas que faciliten la penetración de estos vehículos, que incluirán medidas de apoyo a la I+D+i.

¿Quiénes podrán entrar y quién no en las ZBE?

El problema es que, más allá de este marco general, no se ha seguido ningún otra norma a nivel nacional para establecer cómo serán las ZBE, quiénes podrán entrar a su interior, qué coches podrán a aparcar o qué excepciones tendrán por norma.

Lo único que ha entregado al Gobierno ha sido un documento denominado Directrices para la creación de zonas de bajas emisiones (ZBE). Una guía en la que se especificaba cuál será la señal para limitar estas ZBE y en la que se ejemplificaba que éstas no tienen por qué limitarse al centro de las ciudades. Por ejemplo, se pueden crear pequeños polos repartidos por el municipio, limitar algunas calles o establecer anillos cada vez más restrictivos. Todo queda en manos de los ayuntamientos, quienes deciden cuáles son las medidas a tomar.

Ejemplos propuestos por el Gobierno en su guía

Ejemplos propuestos por el Gobierno en su guía “Directrices para la creación de zonas de bajas emisiones (ZBE)”

Es decir, mientras los ayuntamientos demuestren que las medidas tomadas sirven para mejorar la calidad del aire, pueden prohibir la circulación en estas ZBE a vehículos sin etiqueta, pero también a modelos con distintivos B o C. Incluso ECO, si lo consideran necesario. O, por el contrario, no tomar ninguna de estas decisiones y permitir la libre circulación pero, por el contrario, limitar el estacionamiento. También pueden establecer una ZBE muy pequeña o extenderla a todo el territorio. Como decimos, es algo que queda en manos de los consistorios.

Sin cumplir con las obligaciones

Además de lo ya señalado, hay otro problema. En mayo de este mismo año, apenas cinco ciudades de toda España contaban con una ZBE: Madrid, Rivas-Vaciamadrid (Madrid), Barcelona, Sant Cugat del Vallès (Barcelona) y Sant Joan Despí (Barcelona). Entonces, Maldita.es tenía contabilizadas que otras 63 urbes habían emprendido proyectos para implantar las suyas antes de que terminara el año.

Sin embargo, esta misma semana El País confirmaba que sólo 20 de las 149 ciudades con más de 50.000 habitantes en España tendrán lista una ZBE en nuestro país antes de que termine el año. Es decir, apenas el 13% de los municipios obligados a ello cumplirán con la normativa. A los municipios anteriores, hay que sumar L’Hospitalet de Llobregat, Pamplona, Cornellà de Llobregat y Pontevedra como ciudades que ya cuentan con estos espacios.

Córdoba la tendrá lista en noviembre y Sevilla, Fuenlabrada, Burgos, San Cristóbal de La Laguna, Parla, Algeciras, Alcobendas, Talavera de la Reina, Melilla, Coslada y Ciudad Real, la tendrán lista antes de que empiece 2023 o la pondrán en marcha a lo largo de enero del próximo año.

Hay que tener en cuenta que en 2023 también viviremos elecciones municipales, lo que puede influir en el desarrollo de estas zonas de bajas emisiones que suelen levantar ampollas entre los ciudadanos. De hecho, hasta 66 municipios consultados por el diario no ofrecen una fecha concreta o no han dado una respuesta en la que confirmen un espacio temporal esperado para su implantación.

Madrid, Barcelona y otros ejemplos

¿Qué podemos esperar, por tanto, para las futuras ZBE? Lo más sencillo es decir que se restringirá la circulación en el centro de las ciudades, como algunas voces apuntan en las redes sociales. Sin embargo, no es tan sencillo como eso.

Después de muchos cambios de nombre, Madrid por ejemplo ha extendido toda su ZBE al municipio bajo el nombre de Madrid 360. De esta manera, limita la circulación progresivamente a los vehículos más contaminantes, aquellos que no tienen etiqueta. En estos momentos, estos automóviles no pueden circular por el interior de la M-30. En 2024 está planteado que tampoco puedan moverse por esta vía de circunvalación y que en 2025 tengan prohibido moverse por cualquier calle dentro del municipio. Independientemente de si sus dueños son vecinos de Madrid o no. Entre las excelentes excepciones, podrán seguir circulando los vehículos históricos.

Además, Madrid cuenta con dos Zona de Bajas Emisiones de Especial Protección que cuentan con sus propias normativas: Plaza Elíptica y Distrito Centro. Esta última zona es lo que se denominaba antes Madrid Central y por ella sólo pueden circular vehículos con etiqueta C o B si estacionan obligatoriamente en un aparcamiento. Los ECO y Cero emisiones tienen libertad para moverse, pero los ECO sólo pueden estacionar durante dos horas como máximo en superficie. Para los Cero emisiones no hay ningún tipo de restricción.

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ZBE de Barcelona

En Barcelona, de momento, las limitaciones sólo existen para los vehículos sin etiqueta, que tienen prohibido desplazarse dentro de su Área Metropolitana, en la que se incluyen algunos municipios cercanos, entre las 7:00 y las 20:00 horas de lo días laborables. Sin embargo, esta prohibición no se aplica a los vecinos pobres o en situación de vulnerabilidad, que cuentan con excepciones puntuales para saltarse esta norma. Una medida que también se extenderá a 2023.

Hay que tener en cuenta que esta ZBE de Barcelona y su funcionamiento está siendo investigada por la Justicia, pues el Tribunal Superior de Justicia de Cataluña la suspendió meses atrás pero, interpuesto un recurso, de momento sigue en vigor. Además, estaba contemplado que los vehículos con etiqueta B no pudieran moverse por esta ZBE en 2022 pero la norma no ha entrado en vigor finalmente.

Son dos ejemplos diferentes de cómo se puede aplicar una ZBE. Con tramos horarios, como se emplea en Barcelona o, por el contrario, con anillos concéntricos que irán ampliando sus restricciones conforme pasen los años en Madrid.

Otras urbes ya aplican medidas similares pero no impiden, por defecto, la circulación de vehículos sin etiqueta o pegatina B de la DGT. En Fuenlabrada (Madrid), por ejemplo, se establecerá una ZBE muy pequeña (0,6 km2), pero por ella sólo podrán circular los automóviles ECO y Cero emisiones o residentes y otras excepciones como los vehículos de carga y descarga. Y, además, tendrá una moratoria de 18 meses. Rivas Vaciamadrid (Madrid), por el contrario, implantará una ZBE en todo el municipio, pero sólo se restringe la circulación en las calles con colegios durante las horas de entrada y salida de los centros.

En Pontevedra, una de las ciudades más avanzadas en movilidad de España, implementará una “zona de tráfico reducido” que se extenderá por 490 hectáreas (Madrid Centro tenía un tamaño de 480 hectáreas). Sin embargo, la medida no tiene ningún tipo de restricción en la práctica. Anabel Gulías (BNG), señalaba este mismo mes que ratificaban que “Pontevedra no cobrará peajes ni restringirá la circulación a vehículos con determinado distintivo. No trataremos el espacio público de manera discriminatoria por el tipo de vehículo o de manera inequitativa”, en palabras recogidas por La Voz de Galicia.

En Pamplona ya han definido cuál será su ZBE pero, por el momento, no han establecido ningún tipo de restricción. Primero estudiarán las emisiones y el nivel de ruido del lugar antes de emprender cualquier tipo de limitación. Sevilla también es otra ciudad que cuenta con una ZBE pero en las que, en la práctica, no se hace ningún tipo de prohibición por distintivo medioambiental. Entre las excepciones para entrar en estos lugares se contemplan los “accesos a los aparcamientos rotatorios con plazas libres”.

Como vemos, al implantación de una ZBE no provoca, por defecto, la prohibición de circular o estacionar libremente. De momento, son los ayuntamientos los que tienen que definir qué normas imperan en estas ZBE y, además, casi la mitad de los consistorios no tienen ni si quiera un plazo para ponerlas en funcionamiento.

Foto | Jorge Franganillo


La noticia Nos encantaría saber qué coches no podrán entrar por defecto en las ZBE de 2023, pero es imposible fue publicada originalmente en Xataka por Alberto de la Torre .

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