La Comisión Nacional de los Mercados y la Competencia (CNMC) ha anunciado hoy una multa de 6 millones de euros a Telefónica por imponer condiciones de permanencia en sus ofertas Movistar Fusión, cuando había prometido no hacerlo tras adquirir DTS en 2015.
A Telefónica se le permitió comprar Canal+ con el compromiso de que no impondría “a sus clientes de televisión de pago condiciones o prácticas tendentes a entorpecer su movilidad”, entre estos obligaciones de permanencia.
Sin embargo, la CNMC ha considerado que sí se han incumplido. Inicialmente Telefónica tenía la obligación hasta abril de 2020, pero fueron prorrogados tres años por la CNMC. Una ampliación convalidada por la Audiencia Nacional.
La práctica que ha derivado en sanción son los “móviles a coste cero” que Telefónica ofrecía a sus clientes de Movistar Fusión. Según la CNMC, esta práctica vigente de abril a agosto de 2021 vulneró el compromiso de no aplicar ningún tipo de permanencia.
Ese complejo sistema de alquiler de dispositivos ha sido visto por parte de la CNMC como un intento camuflado de aplicar una permanencia. Era un alquiler opcional, pero la promesa del móvil tenía un papel destacado en la publicidad que la propia operadora realizaba.
En su día, esta práctica ya generó bastante revuelo. En Xataka publicamos un artículo reflexionando sobre que “los móviles “gratis” de las tarifas Fusión son la nueva estrategia de Telefónica para retener a sus usuarios durante 36 meses“.
La CNMC explica que Telefónica dispone de un plazo de dos meses para aplicar recurso directo ante la Audiencia Nacional.
Desde Telefónica explican que recurrirán la resolución, pues entienden que no estaban aplicando condiciones de permanencia, al poder devolver al terminal y ser opcional.
En Xataka | El paso del cobre y del ADSL a la fibra ha sido beneficioso para todos. Pero especialmente para Telefónica
– La noticia Telefónica prometió no imponer permanencias. La CNMC les ha multado con 6 millones de euros por incumplirlo fue publicada originalmente en Xataka por Enrique Pérez .